Ganadería
La Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) emitió la resolución N° 132/2026, mediante la cual se establecen criterios para la aplicación de garrapaticidas en remates feria y exposiciones. La nueva disposición rige para aquellos animales que deben ir acompañados por un Control Oficial de Tropa Digital (COTD) o de la expedición de un Permiso Especial Oficial (PE).
Según lo dispuesto por el director de los Servicios Ganaderos en la resolución, la medida busca preservar la sanidad animal, asegurar la inocuidad y garantizar la trazabilidad de los productos alimentarios, regulando de forma estricta los tratamientos garrapaticidas oficiales que se llevan a cabo en dichos eventos comerciales. De acuerdo con el texto oficial al que accedió Rurales El País, los organizadores de remates feria y exposiciones deberán disponer obligatoriamente de específicos veterinarios autorizados por la DGSG cuyo tiempo de espera sea inferior al período de permanencia en el establecimiento de origen del cual se remitirá las haciendas a faena en frigoríficos exportadores.Se establece que, los funcionarios actuantes del MGAP serán los únicos habilitados para administrar dichos fármacos, debiendo verificar en cada caso los tiempos de carencia aprobados para el producto y registrar obligatoriamente el tratamiento efectuado en el ítem N° 7, denominado ‘Control Sanitario’, de la Guía de Propiedad y Tránsito.Finalmente, se encomendó al Departamento de Prevención, Vigilancia y Respuesta Sanitaria la difusión de estas directivas a todas las oficinas departamentales, locales y zonales del país.
2026-06-13T07:00:00